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TURNOS: Denuncias de la Población

Estimado colega;

Si Ud. figura en nuestros archivos como que tiene que realizar turnos. Ley 10606 ART. (*). Es bueno que sepa que:

  • UD FIGURA DE TURNO Y LA POBLACION LO SABE. A Nivel filial hemos invertido tiempo y dinero en reconocer a la farmacia que hace turnos mediante educación radial, Folletería mensual , pagina web, mensaje de texto por celular y enviando a hospitales los cartones de turno y ahora mediante imanes, diario local, etc ;

  • ESTAMOS TRABAJANDO PARA QUE EL MEDICAMENTO VUELVA A LA FARMACIA Y EL INCUMPLIMIENTO DE LOS TURNOS VA EN CONTRA DE LO QUE PROYECTAMOS.

  • DE 5 FARMACIAS 24 HS AHORA CONTAMOS CON 3.

  • CADA SECTOR ESTA ESTUDIADO PARA QUE QUEDE UNA FARMACIA POR NOCHE Y QUE NO QUEDE SU SECTOR DESPROTEGIDO.

  • EN CASO DE AUSENCIA FORTUITA DEJE UN CARTEL CON LA FARMACIA MAS PROXIMA DE TURNO O LA DE 24 HORAS

DEBIDO AL AUGE DE DENUNCIAS POR PARTE DE LA POBLACION POR INCUMPLIMIENTO A NUESTRA FILIAL, SERAN AVISADAS Y CITADAS LAS FARMACIAS AFECTADAS.

DE SEGUIR EN AUMENTO LOS INCUMPLIMIENTOS DEBEREMOS DEJAR MAS FARMACIAS POR NOCHE HACIENDO QUE LAS GUARDIAS SEAN MENOR QUE 12 DIAS YA QUE DAREMOS PRIORIDAD AL” MEDICAMENTO SOLO EN FARMACIAS”

SI UD ESTA CUMPLIENDO LO ACOMPAÑAREMOS YA QUE SABEMOS LO QUE IMPLICA EN NUESTRA PROFESION ESTAR DE TURNO Y AGRADECEREMOS SOBRE TODO SI HACE EDUCACION AL RESPECTO Y ENTREGA LOS FOLLETOS E IMANES QUE LE ENVIAMOS. APROVECHAMOS PARA SALUDARLOS Y DESEARLES BUEN AÑO!.

(*) ARTÍCULO 9º: Toda farmacia está obligada a cumplir horarios de turnos, servicios nocturnos o de días feriados que establezca la autoridad sanitaria, para asegurar la continuidad de las prestaciones que brinda. Deberán exhibir en lugar visible un cartel en el que conste los nombres y direcciones de las farmacias de la localidad que están de guardia. Las infracciones a esta norma serán sancionadas con la clausura temporaria de hasta treinta (30) días dispuesta por la Autoridad de Aplicación; pudiendo ser exceptuados de este Artículo la farmacia cuyo farmacéutico la haya adquirido o habilitado dentro de los ciento ochenta (180) días desde las fechas habituales de cierre. A los efectos del cumplimiento del presente Artículo se exceptúa a las farmacias del régimen establecido por el Decreto-Ley 9168/78.



Noticia publicada el 05/01/2012


Trazabilidad

La trazabilidad es la herramienta más eficiente para controlar en tiempo real las transacciones de los medicamentos, verificar el origen de los mismos, registrar la historia de localizaciones y traslados a lo largo de toda la cadena de distribución.

Es ideal para detectar anomalías en un circuito de provisión legal definido. Logrando entonces garantizar al paciente, la calidad y seguridad para su salud de los tratamientos a los que se expone. De igual forma, se evitan perturbaciones en los agentes financiadores, asegurando la viabilidad del sistema en su integridad.

Un adecuado sistema de trazabilidad debiera permitir, por ejemplo, la localización inmediata de los medicamentos que, por diferentes motivos sanitarios, hubieran de ser retirados del circuito asistencial o comercial.



Noticia publicada el 02/01/2012




Sr farmacéutico y/o propietario de farmacia.

El jueves 29 a las 21hs

Luego de haber concurrido tanto al Ministerio de Salud como a la reunión provincial de ptes de partido por el tema de Ingresos Brutos y al ANMAT por trazabilidad estaremos para informar sobre esta temática.


TEMARIO

  1. INGRESOS BRUTOS

PLAN BONAERENCE DE LUCHA PARA EL NO TRASLADO DE AUMENTO DE INGRESOS BRUTOS DE LAS DROGUERIAS A LAS FARMACIAS QUE SE EFECTUARIA A PARTIR DEL 1ERO DE ENERO 2012.

  1. INSPECCIONES EDUCATIVAS

Se informarle que a partir del mes de noviembre y representando a nuestro Colegio, el Farmacéutico HUBER BALZOLA, tendrá a su cargo el control de la ética profesional de los matriculados con visitas a nuestras farmacias.

www.colfarma.org.ar

  1. TRAZABILIDAD.

  2. Propuestas para el próximo año.

                                                                                                                                       Fca. Silvia Godoy.

Noticia publicada el 28/12/2011


La Legislatura Porteña aprobó el fin a la venta de medicamentos fuera de las farmacias. Farmacity no podrá vender fármacos en las góndolas.

01:45hrs | BUENOS AIRES: Por 31 a 21, la legislatura aprobó el proyecto de Rubén Campos, y desde ahora los medicamentos sólo podrán venderse en farmacias. Fue un triunfo de los diputados que apoyaron desde un primer momento la norma de los farmacéuticos que trabajaron activamente para que esto ocurriera.

De esta manera, Capital Federal se suma a los distritos que ponen las cosas en su lugar, evitando la presión de los grandes capitales internacionales que desde hace años hacen lobby para medicalizar la sociedad


PARA AMPLIAR: .miradaprofesional®  |  noticias@miradaprofesional.com 



Noticia publicada el 18/11/2011


IMPORTANTE

La ANMAT informa que, por medio de la Disposición Nº 5428/11, ha prohibido la utilización de la Vitamina K1 (tb denominada fitomenadiona) en productos cosméticos.
Para mayor información leer el archivo adjunto.


Noticia publicada el 10/08/2011


Sindrome de Guillain-Barre
En el archivo adjunto se encuentra información sobre dicha enfermedad.

Noticia publicada el 04/08/2011


Síndrome Urémico Hemolítico

Ante los numerosos casos de Sindrome Uremico Hemolitico y de diarrea con sangre informados en Europa, causados por un serotipo ailsado por primera vez, y siendo que en Argentina el SUH es endemico, y que al 2011 se han notificado 133 casos, es que consideramos importante para una adecuada atencion farmaceutica que ante la solicitud de medicamentos de venta libre para contrarrestar la diarrea, se averigue si las deposiciones son sanguinolentas o no, y ante eso actuar segun las recomendaciones del Ministerio de Salud, desalentando la automedicación.
En el siguiente link encuentran la información y las recomendaciones para la población.
http://www.msal.gov.ar/htm/site/pdf/epidemiologia/Alerta_E._coli_O104_H4%20VF.pdf

Noticia publicada el 23/06/2011


FARMACOPEA Argentina VIII Edición

El día 22 de Junio de 2011 se publicó en la página web de ANMAT la Farmacopea Argentina VIII Edición. En esta revisión han publicado en el Volumen I los Capitulos de Buenas Practicas de Dispensación en la Farmacia Oficinal Comunitaria y Hospitalaria (1013) y Buenas Practicas de Preparacion de Medicamentos Magistrales (1027). Un logro para la profesion!!!!
Pueden descarcar los 4 volumenes de los siguientes links.
http://www.anmat.gov.ar/comunicados/Farmacopea_Argentina_8_Edicion.pdf
http://www.anmat.gov.ar/webanmat/fna/octava_edicion.asp

Noticia publicada el 23/06/2011


NUEVOS HONORARIOS Y ARANCELES BASICOS VIGENTES - FARM. D.T. Y AUXILIARES ACTIVIDAD PRIVADA


Nos dirigimos a Ud. a fin de poner en su conocimiento que se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el Decreto Nº 243 de fecha 5 de Mayo del 2011, mediante el cual se aprobó el honorario y arancel básico mínimo mensual propuesto por nuestra Institución para los farmacéuticos Directores Técnicos y Auxiliares. 

Por tal motivo la remuneración básica que deben percibir los farmacéuticos que desempeñen su actividad en cualquier establecimiento de la provincia de Buenos Aires, a excepción de los que lo hagan en farmacias  mutuales y/o sindicales o en farmacias de hospitales provinciales o municipales, son los siguientes:

Directores Técnicos:      $ 7.533,75        desdoblados en         $ 4.642,90    por 8 hs de trabajo de lunes a viernes y horario matutino los días sábados
                                     $ 2.890,85      por bloqueo de título

Auxiliares:                         $ 6.434,60
desdoblados en      $ 4.020,75   por 8 hs de trabajo de lunes a viernes y horario matutino los días sábados  
                                  $ 2.413.85    por bloqueo de título

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy cordialmente. 

       Farm. Edgardo Martinez
Presidente
Comisión Asuntos Laborales
asuntoslaborales@colfarma.org.ar

 

 

 


Noticia publicada el 06/05/2011


Información sobre Pagos de Obras Sociales


Si desea recibir por mail, información sobre los pagos de Obras Sociales correspondientes a su farmacia, por favor enviar sus datos y mail a:

colfarmabb@speedy.com.ar ó colfarmbb1@speedy.com.ar

 


Noticia publicada el 29/04/2011


Farmacias Adheridas a la campaña de vacunación de Pami


En el archivo adjunto se encuentran las farmacias adheridas a la vacunación de Pami.


Noticia publicada el 31/03/2011


Campaña Vacunación Pami 2011


Por cualquier consulta sobre la vacunación comunicarse con la Farm. Daniela Fournau al  teléfono de nuestra filial 4514345 o Las Heras 373 o por mail a vacunacionpami@yahoo.com.ar


Noticia publicada el 28/03/2011


SALÓN DE USOS MÚLTIPLES

En Diciembre del año 2010 quedó inaugurada la primer etapa de remodelación del Colegio de Farmacéuticos, Filial Bahía Blanca, que consistió en la ampliación del Salón de Usos Múltiples, construcción del nuevo archivo y reacondicionamiento de la parte trasera del patio.

Más adelante se continuará con la segunda etapa que incluye los baños y cocina y con la tercer etapa que consiste en la finalización del patio.

 Por el momento el mismo se usa para la realización de cursos, charlas, conferencias, etc. y una vez realizada y culminada la segunda etapa se comenzará a utilizar para la realización de fiestas, cumpleaños, reuniones familiares, etc.

Por cualquier consulta sobre el mismo dirigirse a la Farm. Cittadini, María Florencia (mail: mafloci@gmail.com).


Noticia publicada el 25/03/2011


Psicotrópicos y Estupefacientes


En el archivo adjunto se encuentran las condiciones de prescripción, preparación y dispensación de drogas farmacéuticas, incluído el listado de Psicotrópicos, Estupefacientes, sustancias de riesgo y precursores químicos.


Noticia publicada el 11/03/2011


Sustancias controladas por SEDRONAR


 

Noticia publicada el 01/03/2011


Botiquin de Primeros Auxilios


En el archivo adjunto se encuantra lo mínimo que debe contener un botiquín de primeros auxilios.

Noticia publicada el 03/02/2011


Medicamentos y Productos aptos para celíacos



Noticia publicada el 27/12/2010


Clasificación Internacional de Enfermedades: Códigos



Noticia publicada el 27/12/2010


Receta electrónica Pami Resol. 337



Noticia publicada el 23/12/2010


Aclaraciones sobre la compra y dispensa de

ESTUPEFACIENTES  LISTA II  y   III


Estimados Colegas, hemos recibido numerosas consultas sobre el tema Comercialización de Estupefacientes en la etapa intermedia y por ello recordamos las drogas incluidas en las Listas II y III de Estupefacientes (Ley 17.818)

 

LISTA  II

 

Acetildihidrocodeína

Codeína

Dextropropoxifeno

Dihidrocodeína

Etilmorfina

Folcodina

Nicocodina

Nicodicodina

Propiramo

 

También se  incluyen en esta lista  los isómeros de las sustancias arriba mencionadas, a menos que estén expresamente exceptuados, siempre que sea posible formar dichos isómeros dentro de la nomenclatura especificada en esta Lista. Las sales de los estupefacientes enumerados en esta Lista, incluso las sales de los isómeros en las condiciones antes expuestas, siempre que sea posible formar dichas sales.

 

LISTA  III

 

Acetildihidrocodeína

Codeína

Dextropropoxifeno

Dihidrocodeína

Etilmorfina (Dionina)

Folcodina

Nicocodina

Nicodicodina

Norcodeína

Propiramo

 

Están incluídos en esta Lista III, los preparados de las drogas pertenecientes a la Lista II (arriba mencionada), siempre y cuando el preparado o especialidad medicinal ofrezca muy poco o ningún peligro de abuso y de tal manera que el estupefaciente no pueda separarse por medios sencillos o en cantidades que ofrezcan peligro para la salud pública, y que su contenido de estupefaciente no sean superior a 100 mg. por unidad posológica y el concentrado no exceda de 2,5 % en los preparados no divididos.

 

También se incluyen en esta Lista III, aquellos preparados que contengan estupefacientes pertenecientes a la Lista II, siempre y cuando tengan las siguientes características: Los preparados de Propiramo que no contengan más de 100 mg. de Propiramo por unidad de dosificación y estén mezclados con la misma cantidad por los menos de metilcelulosa. También los preparados para uso oral que no contengan más de 135 mg. de Dextropropoxifeno por unidad de dosificación, o con una concentración no superior a 2,5 % en preparados no divididos, siempre que tales preparados no contengan alguna sustancia que sea objeto de fiscalización con arreglo al Convenio sobre las Sustancias Psicotrópicas de 19071.-

 

Aclaración: Todos los Estupefacientes se comercializan entre Laboratorios y Droguerías, o entre alguno de ellos y la Farmacia siempre por intermedio de Vales Oficiales por Cuadruplicado.

Los Estupefacientes incluidos en la LISTA II, el Farmacéutico en la farmacia los Dispensa con Receta Oficial Archivada  por Triplicado (a la farmacia llega original y duplicado y el triplicado lo guarda el médico en su talonario).

Los Estupefacientes incluidos en la LISTA III, el Farmacéutico en la farmacia los Dispensa con Receta ROSA (Receta de Archivo) Decreto 3321/2000 de la Pcia. De Bs.As. pero los adquiere a la Droguería con Vales como se expresara anteriormente.

 

Nota: Cualquier duda, consultar en la pág. Web del Colegio en www.colfarma.org.ar en la sección: Relaciones Profesionales que lo deriva a un sub ítems que dice: Psicotrópicos, haga clic allí y luego aparecerá una leyenda que dice: Condiciones de prescripción, preparación y dispensación de drogas farmacéuticas- Incluye Listado de Psicotrópicos y Estupefacientes.

 

 

Farm. Luis María Ferrari

Consejero Titular


Noticia publicada el 15/07/2010


Sobre las Inspecciones
En el BFB Nº 395 salió publicada una nota sobre los aspectos que son objeto de verificación y de conformidad a las disposiciones legales vigentes que se deben tener en cuenta al momento de recibir una inspeción.
En la imagen adjunta se muestra dicha nota.

Noticia publicada el 13/12/2009


ASESORAMIENTO LEGAL Y CONTABLE SIN CARGO PARA FARMACEUTICOS


Estimado colega:

 

Antes de firmar contrato con alguna sociedad o si ya ha integrado alguna SCS le informamos que usted cuenta, si así lo desea,  en esta filial con asesoramiento sin cargo.

 

Infórmese y solicite turno.

 

Martes de 13.30 a 15.30

 

Cr Alejandro Olivieri

Dr Lisandro Ganuzza

 

CFPBA filial Bahía Blanca


Noticia publicada el 16/10/2009


Farmacias de Turno

Noticia publicada el 20/08/2009


Alimentos libres de Gluten



Control temperatura heladera


En el archivo adjunto se encuentran la planilla a completar por el farmacéutico sobre la temperatura de la heladera donde se conservan los medicamentos e instrucciones para el paciente sobre cómo conservar los mismos si no son colocados inmediatamente de retirados de la farmacia.

Teléfonos Colegio Central


El archivo adjunto contiene teléfonos y mails de las distintas áreas del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

IMPORTANTE


Estimado colega:
Ante reiteradas consultas por interpretación de la Ley 10606, Relaciones Profesionales del CFPBA informó la nota del archivo adjunto.